Características y Legislación
Registrar Patente Europea
Patente Europea
Registro de Patentes Europeas
La Patente Europea es un procedimiento unificado para la tramitación de Patentes entre los Estados contratantes del Convenio de Munich de 5 de Octubre de 1973 y que en España entró en vigor el 1 de Octubre de 1986.
El objeto del Convenio de la Patente Europea (CPE) es conseguir que la protección de las invenciones resulte más fácil, más barata, más fiable en los Estados Contratantes, mediante la creación de un procedimiento europeo único de concesión de patentes basado en una legislación uniforme de patentes.
Características
de las patentes europeas
Duración
Veinte años, a partir de la fecha de presentación de la solicitud o de prioridad por la que se solicite.
Derechos conferidos
La patente europea confiere a su titular, en todos los Estados Contratantes para los que se conceda y se valide, los mismos derechos que le conferirían las patentes nacionales concedidas en dichos Estados.
Toda violación de una patente europea será tratada de acuerdo con lo dispuesto en la legislación nacional correspondiente.
La creación de este procedimiento no implica la desaparición de los procedimientos nacionales, pudiendo optar el solicitante por acogerse a la vía nacional de cada país o la vía europea de procedimiento único.
La patente Europea se puede solicitar directamente en la E.P.O. (European Patent Office), como derivada de una patente española (dentro de los doce meses de la presentación de la prioridad de la patente española, o como derivada de la patente internacional PCT dentro de los 31 meses dentro de la primera prioridad.
Prioridad
Desde la fecha de solicitud.
Prioridad Internacional
La solicitud de una patente confiere a su titular una prioridad de UN AÑO para solicitarla como novedad en cualquiera de los países de la Unión de París (casi todos los del mundo) desde la fecha de su solicitud.
Informe sobre el estado de la técnica
de las patentes españolas
Nueva Ley de Patentes
Con la Nueva Ley de Patentes (BOE nº 177 del sábado 25 de julio de 2015 publica la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes que entrará en vigor el 1 de abril de 2017), la solicitud del Informe sobre el Estado de la Técnica (IET) se ha visto afectado; de modo que con esta nueva Ley es obligatorio solicitar el IET en el momento de solicitud.
EQUIPARACIÓN
Esta nueva Ley equipara la normativa española sobre Patentes al ámbito internacional y fortalece el sistema de Patentes nacional, estableciendo un marco legal que prima la actividad verdaderamente inventiva y novedosa, implantando un único procedimiento de concesión que beneficiará a la seguridad jurídica de los solicitantes y mejorará la imagen de la Patente española.